Saludos a todos los miembros de la cueva del ingeniero civil, en esta publicación explicamos algunas de las particularidades del libro de ordenes en obra:
Como se indicó en un capítulo anterior, el Contratista debe llevar un Libro de Ordenes de Trabajo con páginas numeradas y dos copias, el mismo que deberá ser aperturado con participación de Notario de Fe Pública en la fecha en que el Contratista reciba la Orden de Proceder.
En este libro el Supervisor anotará las instrucciones, órdenes y observaciones impartidas al Contratista, que se refieran a los trabajos. Cada orden llevará fecha y firma del Supervisor y la constancia firmada del Superintendente de Obra de haberla recibido.
El Superintendente de Obra también podrá utilizar el Libro de Ordenes para comunicar al Supervisor actividades de la obra, firmando en constancia y el Supervisor tomará conocimiento registrando también su firma y respuesta o instrucción si corresponde.
Asimismo el Contratista está facultado para hacer conocer al Supervisor mediante el Libro de Ordenes, los aspectos del desarrollo de la obra que considere relevantes, como por ejemplo en el caso de los días de lluvia que puedan afectar la ruta crítica del cronograma de ejecución de la obra, el día en que suceda el hecho a efectos de que el Supervisor se pronuncie de forma objetiva.
El original del Libro de Ordenes, será entregado al Contratante a tiempo de la Recepción Definitiva de la obra, quedando una copia en poder del Supervisor y otra del Contratista.
En fin el Libro de Ordenes es un documento primordial de la obra, es la "historia" de la obra, si se quiere entender.
Espero les sea de utilidad, saludos a la comunidad de ingeniería civil.
Espero les sea de utilidad, saludos a la comunidad de ingeniería civil.