NOCIONES GENERALES DE SANEAMIENTO AMBIENTAL

1.1 Nociones generales de saneamiento ambiental

Pese a que el ser humano apareció tardíamente en la historia de la Tierra, ha sido capaz de modificar el medio ambiente con sus actividades. Aunque, al parecer, los humanos hicieron su aparición en África, no tardaron en dispersarse por todo el mundo. Gracias a sus peculiares capacidades mentales y físicas, lograron escapar a las constricciones medioambientales que limitaban a otras especies y alterar el medio ambiente para adaptarlo a sus necesidades.

El ser humano posee la necesidad de vivir en sociedad. Esto trae como consecuencia la formación de aglomeraciones humanas, las cuales traen muchos problemas que se agudizan cuando la población se forma sin un plan previo de ordenamiento. Entre los muchos problemas que traen las aglomeraciones urbanas, las que más interesan a la Ingeniería Sanitaria, son la aparición de enfermedades, en mayor cantidad, cuando no se cumplen los requisitos fundamentales de la higiene. Los problemas higiénicos producidos por las grandes urbanizaciones, que muchas veces se agudizan por la presencia de los animales que nos rodean, se traducen en definitiva en el deterioro del medio ambiente circundante, es decir, se produce lo que comúnmente llamaríamos contaminación.

Los elementos del medio ambiente susceptibles de contaminación son: el aire, el agua y el suelo; que junto con los alimentos, la luz y el calor son elementos esenciales para la vida. Surge, en consecuencia, la necesidad de adoptar a través del sector que maneja la salubridad, todas las medidas que conciernen al mejoramiento de las condiciones de vida de la población y al cuidado de la salud colectiva.

El saneamiento ambiental es el conjunto de obras, técnicas y dispositivos encaminados a establecer, mejorar o mantener las condiciones de salubridad de las poblaciones. Toma en cuenta los problemas ambientales y sus causas, porqué son motivo de preocupación y cómo podemos controlarlos.

El saneamiento ambiental también:

  • Busca información acerca de las perturbaciones ambientales.
  • Cuantifica los problemas ambientales.
  • Aplica la tecnología en los problemas de contaminación del agua, aire y suelo.
  • Toma en cuenta la compleja interacción que existe entre la naturaleza y la actividad humana.
  • Hace énfasis en la necesidad de evitar, o reducir al mínimo, la generación de residuos mediante cambios tecnológicos y métodos de diseño apropiados.

Todos los países canalizan en un ente público los esfuerzos para conseguir los objetivos mencionados. Bolivia lo hace por intermedio del Ministerio de Salud y Deportes. En el orden internacional existen instituciones que normalizan, asesoran y trabajan en problemas ambientales. Está la Organización Mundial de la Salud (OMS) que depende de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Dentro de la OMS, en la zona de América, existe la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

1.2 Inspección sanitaria

La inspección sanitaria se refiere a la inspección que se realiza en las diferentes obras o sistemas, los cuales están involucrados, en nuestro caso, con agua, sistemas de captación de la misma, sistemas de tratamiento, sistemas de distribución, etc. Brinda un método directo para individualizar y señalar con precisión posibles problemas y fuentes de contaminación. También es importante en la prevención y control de condiciones potencialmente peligrosas.

La inspección sanitaria tiene como objetivo recabar la mayor información posible, y localizar problemas potenciales del lugar que se está inspeccionando. La información obtenida puede identificar fallas, anomalías, errores de operación, y cualquier desviación de lo normal, cuando la inspección es apropiadamente realizada a intervalos regulares y adecuados.

Reglas para la inspección sanitaria:

  • Efectuar una observación Técnica.
  • Evitar hacer comentarios.
  • Registrar todo lo observado en el sistema (mediante video, fotos, reporte, etc.)

Algunos de los puntos que debemos tomar en cuenta son:

  • Estado del sistema
  • Aspectos que pueden influir en la calidad del agua
    • fisicoquímicos
    • microbiológicos


 

1.2.1 Inspección sanitaria circundante

La inspección sanitaria circundante es aquella que se realiza en forma general, haciendo una identificación de los problemas en los componentes del sistema. Esta inspección parte del entorno que influye en el punto que deseamos inspeccionar; se analiza la presencia de animales, contaminación, disposición y almacenamiento de residuos sólidos, la ubicación y disposición de baños y letrinas, etc. Esta inspección tratará de infundir criterios actuales que influirán en el punto en cuestión, también se hará una evaluación a futuro prediciendo efectos de contaminación.

1.2.2 Inspección sanitaria localizada

Una vez localizado el(los) punto(s) defectuoso(s) o potencialmente defectuoso(s), se procede a realizar un análisis específico del componente problema en el sistema, y así, poder mitigar el mismo.

Esta inspección se la realiza de forma inversa a la dirección del funcionamiento del sistema, haciendo un muestreo para su posterior análisis, si fuese necesario. Parte del punto de consulta para llegar al punto del problema. Es más minuciosa, estudia la protección sanitaria, la calidad del agua, etc.

1.2.3 Vigilancia Sanitaria

La vigilancia sanitaria implica la observación cuidadosa y permanente de la seguridad y aceptabilidad de las condiciones sanitarias. Requiere un programa continuo y sistemático de inspecciones y estudios llevados a cabo en diferentes puntos del sistema analizado.

Los siguientes son algunos aspectos importantes del programa de vigilancia:

  • La entidad de vigilancia, dentro de la autoridad de salud pública, debe ser la única que tenga la responsabilidad de brindar servicios de vigilancia.
  • La vigilancia debe estar integrada con medidas de salud ambiental, especialmente con el saneamiento.
  • La vigilancia requiere de conocimiento especializado, por lo que la entidad deberá contar con personal especialmente capacitado en materias como ingeniería sanitaria, medicina social, epidemiología, química, biología, etc.
  • El sector de salud pública debe contar con laboratorios centralizados y otros servicios que puedan utilizarse ventajosamente para la conducción de programas de vigilancia.
  • Es esencial que se presenten informes periódicos al gobierno, con referencia a la situación de la salud pública.

1.3 Aspectos importantes de saneamiento

Las mejoras en la salud pública no son necesariamente resultado de la instalación de un sistema de saneamiento. Sólo si se lo utiliza correctamente, y con un mantenimiento apropiado, se obtendrá gran beneficio del mismo.

Alrededor del 80 % de todas las enfermedades, y más de una tercera parte de todas las muertes en los países en desarrollo, están relacionadas con el agua. Cada año, más de cinco millones de personas fallecen por dolencias vinculadas a su consumo, la falta de higiene en el hogar o defectos en la canalización es un problema de consideración.

La OMS calcula que la mortalidad (número de muertes) derivada de las enfermedades más graves asociadas al agua se reduciría en un 80 % si se llegara a garantizar una adecuada canalización y potabilidad de la misma.

1.3.1 Con respecto a la salud humana

El agua, el aire y el suelo tienen gran importancia en la vida del hombre. Si, por ejemplo, el agua está contaminada, se convierte en un medio con gran potencial para transmitir una amplia gama de males y enfermedades.

En el mundo desarrollado, las enfermedades hídricas son raras, debido, esencialmente, a la presencia de sistemas eficientes de abastecimiento de agua y eliminación del agua residual. Sin embargo, en el mundo en vías de desarrollo, tal vez cerca de 2000 millones de personas no cuentan con un abastecimiento de agua seguro y saneamiento adecuado. Por ende, las enfermedades causadas por la mala organización del saneamiento resultan en alrededor de 30000 personas muertas por día, donde el 80% son por causas de origen hídrico.

Los patógenos que prosperan en los ambientes acuáticos pueden provocar cólera, fiebre tifoidea, disenterías, poliomielitis, hepatitis, salmonelosis, etc. Se transmiten al beber agua infectada, comer pescado o marisco contaminado, bañarse, nadar o vadear en aguas contaminadas.

1.3.2 Mejoramiento de condiciones de vida

El mejoramiento de calidad de vida es directamente proporcional al saneamiento básico, porque a medida que se dotan de sistemas, por ejemplo: alcantarillado sanitario, abastecimiento de agua potable, recojo de desechos sólidos, redes de alcantarillado pluvial, etc., éstos evitan focos de contaminación, como ser: aguas estancadas, desechos sólidos en descomposición, desechos químicos, etc. Por lo cual, las áreas deprimidas son las más frecuentemente golpeadas por epidemias y enfermedades, elevando los índices de morbilidad y mortalidad. No sucediendo lo mismo con las áreas que cuentan con los servicios básicos.

1.3.3 Equilibrio medio ambiental

Es el balance que existe entre los elementos de la naturaleza y el hombre. El saneamiento es la base para conservar el equilibrio del medio ambiente, porque se ocupa del manejo y tratamiento de los desechos en general.

El saneamiento básico es uno de los precursores del equilibrio medioambiental sólo si se lo organiza y se le da un manejo responsable.

1.4 Necesidades prioritarias del saneamiento básico

Las necesidades prioritarias del saneamiento básico son:

a) Redes de agua potable

Consiste en la dotación de agua potable en calidad y cantidad suficiente a través de tuberías. Su finalidad es mejorar los indicadores de salud y elevar el nivel de calidad de vida.

b) Redes de alcantarillado o recojo de excretas

El recojo de excretas es una necesidad, ya que sin ésta, las deposiciones sólidas y liquidas se acumularían creando grandes focos de infección. Hay mayor posibilidad de contraer enfermedades por el contacto fecal - oral, que cuando éstas son evacuadas y tratadas adecuadamente.

c) Recojo de desechos sólidos - botaderos de basura

Desde siempre, problema de la basura, su selección, reaprovechamiento, disposición y almacenamiento ha sido difícil. Sin una recolección constante, ésta se acumularía en todas partes, formando focos de infección en perjuicio de la salud. Por ello, es imprescindible el contar con un servicio de recojo y disposición de residuos sólidos.

1.5 Ley de medio ambiente Nº 1333*

La ley Nº 1333 fue promulgada el 27 de Abril de 1992 durante el gobierno del presidente Jaime Paz Zamora

1.5.1 Objeto de la ley

La Ley tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población.

Se entiende por desarrollo sostenible el proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de necesidades de las generaciones futuras.

1.5.2 Política ambiental

La política nacional del medio ambiente debe contribuir a mejorar la calidad de vida de la población, sobre las siguientes bases:


 

  1. Definición de acciones gubernamentales que garanticen la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la calidad ambiental urbana y rural.
  2. Promoción del desarrollo sostenible con equidad y justicia social tomando en cuenta la diversidad cultural del país.
  3. Promoción de la conservación de la diversidad biológica garantizando el mantenimiento y la permanencia de los diversos ecosistemas del país.
  4. Optimización y racionalización del uso del agua, aire, suelo y otros recursos naturales renovables garantizando su disponibilidad a largo plazo.
  5. Incorporación de la dimensión ambiental en los procesos del desarrollo nacional.
  6. Incorporación de la educación ambiental para beneficio de la población en su conjunto.
  7. Promoción y fomento de la investigación científica y tecnológica relacionada con el medio ambiente y los recursos naturales.
  8. Establecimiento del ordenamiento territorial, a través de la zonificación ecológica, económica, social y cultural.

La ley demandó la creación de la Secretaría Nacional del Medio Ambiente (SENMA) dependiente de la Presidencia de la República como organismo encargado de la gestión ambiental.

1.5.3 Planificación ambiental

La planificación del desarrollo nacional y regional del país debe incorporar la dimensión ambiental a través de un proceso dinámico permanente y concertado entre las diferentes entidades involucradas en la problemática ambiental.

Son instrumentos básicos de la planificación ambiental:


 

  1. La formulación de planes, programas y proyectos a corto, mediano y largo plazo, a nivel nacional, departamental y local.
  2. El ordenamiento territorial sobre la base de la capacidad de uso de los ecosistemas, la localización de asentamientos humanos y las necesidades de la conservación del medio ambiente y los recursos naturales.
  3. El manejo integral y sostenible de los recursos a nivel de cuenca y otra unidad geográfica.
  4. Los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental.
  5. Los mecanismos de coordinación y concertación intersectorial interinstitucional e interregional.
  6. Los inventarios, diagnósticos, estudios y otras fuentes de información.
  7. Los medios de evaluación, control y seguimiento de la calidad ambiental.

1.5.4 Calidad ambiental

Es deber del Estado y la sociedad, garantizar el derecho que tiene toda persona y ser viviente a disfrutar de un ambiente sano y agradable en el desarrollo y ejercicio de sus actividades.

El control de la calidad ambiental es de necesidad y utilidad pública de interés social.

Son objetivos del control de la calidad ambiental:


 

  1. Preservar, conservar, mejorar y restaurar el medio ambiente y los recursos naturales a fin de elevar la calidad de vida de la población.
  2. Normar y regular la utilización del medio ambiente y los recursos naturales en beneficio de la sociedad en su conjunto.
  3. Prevenir, controlar, restringir y evitar actividades que conlleven efectos nocivos o peligrosos para la salud y/o deterioren el medio ambiente y los recursos naturales.
  4. Normar y orientar las actividades del Estado y la Sociedad en lo referente a la protección del medio ambiente y al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales a objeto de garantizar la satisfacción de las necesidades de la presente y futuras generaciones.

  1.5.5 Actividades y factores susceptibles de degradar el medio ambiente

Se consideran actividades y/o factores susceptibles de degradar el medio ambiente, cuando excedan los límites permisibles a establecerse en reglamentación expresa, los que a continuación se enumeran:

  1. Los que contaminan el aire, las aguas en todos sus estados, el suelo y el subsuelo.
  2. Los que producen alteraciones nocivas de las condiciones hidrológicas, edafológicas, geomorfológicas y climáticas.
  3. Los que alteran el patrimonio cultural, el paisaje y los bienes colectivos o individuales, protegidos por Ley.
  4. Los que alteran el patrimonio natural constituido por la diversidad biológica, genética y ecológica, sus interpelaciones y procesos.
  5. Las acciones directas o indirectas que producen o pueden producir el deterioro ambiental en forma temporal o permanente, incidiendo sobre la salud de la población.


 

Es deber de todas las personas que desarrollen actividades susceptibles de degradar el medio ambiente, tomar las medidas preventivas correspondientes, informar a la autoridad competente y a los posibles afectados, con el fin de evitar daños a la salud de la población, el medio ambiente y los bienes.


 

1.5.6 Problemas ambientales derivados de desastres naturales

Es deber del Estado y la sociedad la prevención y control de los problemas ambientales derivados de desastres naturales o de las actividades humanas.

El Estado promoverá y fomentará la investigación referente a los efectos de los desastres naturales sobre la salud, el medio ambiente y la economía nacional.

El Ministerio de Defensa Nacional junto con los sectores público y privado, deberán elaborar y ejecutar planes de prevención y contingencia destinados a la atención de la población y e recuperación de las áreas afectadas por desastres naturales.

  1.5.7 Evaluación de impactos ambientales

Según la presente Ley, se entiende por Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) al conjunto de procedimientos administrativos, estudios y sistemas técnicos que permiten estimar los efectos que la ejecución de una determinada obra, actividad o proyecto puedan causar sobre el medio ambiente.

1.5.8 Recursos naturales

Entre los recursos naturales se distinguen dos grupos, los recursos naturales renovables y los no renovables.

1.5.8.1 Recursos naturales renovables

Es deber del Estado y la sociedad preservar, conservar, restaurar y promover el aprovechamiento de los recursos naturales renovables, entendidos para los fines de esta Ley, como recursos bióticos, flora y fauna, y los abióticos como el agua, aire y suelo con una dinámica propia que les permite renovarse en el tiempo.

Los departamentos o regiones donde se aprovechen recursos naturales deben participar directa o indirectamente de los beneficios de la conservación y/o la utilización de los mismos, de acuerdo a lo establecido por Ley, beneficios que serán destinados a propiciar el desarrollo sostenible de los departamentos o regiones donde se encuentren.

1.5.8.1.1 El recurso agua

Las aguas en todos sus estados son de dominio originario del Estado y constituyen un recurso natural básico para todos los procesos vitales. Su utilización tiene relación e impacto en todos los sectores vinculados al desarrollo, por lo que su protección y conservación es tarea fundamental del Estado y la sociedad.

Constituye una prioridad nacional la planificación, protección y conservación de las aguas  en todos sus estados y el manejo integral y control de las cuencas donde nacen o se encuentran las mismas.

El Estado es el encargado de promover la planificación, el uso y  aprovechamiento integral de las aguas, para beneficio de la comunidad nacional con el propósito de asegurar su disponibilidad permanente, priorizando acciones a fin de garantizar agua de consumo para toda la población.

El Estado también se ocupa de normar y controlar el vertido de cualquier sustancia  o residuo líquido, sólido y gaseoso que cause o pueda causar la contaminación de las aguas o la degradación de su entorno.

1.5.8.1.2 El aire y la atmósfera

Se debe mantener la atmósfera en condiciones tales que permita la vida y su desarrollo en forma óptima y saludable.

A través de los organismos correspondientes, el Estado, se encarga de normar y controlar la descarga en la atmósfera de cualquier sustancia en la forma de gases, vapores, humos y polvos que puedan causar daños a la salud, al medio ambiente, molestias a la comunidad  o sus habitantes y efectos nocivos a la propiedad pública o privada.

Está establecido como daño premeditado, el fumar tabaco en locales escolares y de salud, por ser estos recintos donde están más expuestos menores de edad y personas con baja resistencia a los efectos contaminantes el aire.

Se prohíbe el fumar en locales públicos cerrados y en medios de movilización y transporte colectivo. La Ley estipula que los locales públicos cerrados deberán contar con ambientes separados especiales para fumar.

El Estado, a través de sus organismos competentes, establece, regula y controla los niveles de ruidos originados en actividades comerciales, industriales, domésticas, de transporte u otras a fin de preservar y mantener la salud y el bienestar de la población.

1.5.8.1.3 El recurso suelo

El uso de los suelos para actividades agropecuarias forestales debe efectuarse manteniendo su capacidad productiva, aplicándose técnicas de manejo que eviten la pérdida o degradación de los mismos, asegurando de esta manera su conservación y recuperación.

Las personas y empresas públicas o privadas que realicen actividades de uso de suelos que alteren su capacidad productiva, están obligados a cumplir con las normas y prácticas de conservación y recuperación.

El Estado debe normar y controlar la conservación y manejo adecuado de los suelos.

1.5.8.1.4 Los bosques y tierras forestales

Los bosques naturales y tierras forestales son de dominio originario del Estado, su manejo y uso debe ser sostenible.

La industria forestal deberá estar orientada a favorecer los intereses nacionales, potenciando la capacidad de transformación, comercialización y aprovechamiento adecuado de los recursos forestales, aumentando el valor agregado de las especies aprovechadas, diversificando la producción y garantizando el uso sostenible de los mismos.

Las empresas madereras deberán reponer los recursos maderables extraídos del bosque natural mediante programas de forestación industrial, además del cumplimiento de las obligaciones contempladas en  los planes de manejo.

1.5.8.1.5 La flora y la fauna silvestre

El Estado y la sociedad deben velar por la protección, conservación y restauración de la fauna y flora silvestre, tanto acuática como terrestre, consideradas patrimonio del Estado, en particular de las especies endémicas, de distribución restringida, amenazadas y en peligro de extinción.

Las universidades, entidades científicas y organismos competentes públicos y privados, son los encargados de fomentar y ejecutar programas de investigación y evaluación de la fauna y flora silvestre, con el objeto de conocer su valor científico, ecológico, económico y estratégico para la nación.

El Estado debe promover y apoyar el manejo de la fauna y flora silvestres, en base a información técnica, científica y económica, con  el objeto de hacer un uso sostenible de las especies autorizadas para su aprovechamiento.

El Estado promoverá programas de desarrollo en favor de las comunidades que tradicionalmente aprovechan los recursos de flora y fauna silvestre con fines de subsistencia, a modo de evitar su depredación y alcanzar su uso sostenible.

1.5.8.1.6 Los recursos hidrobiológicos

El Estado, a través del organismo competente, fomentará el uso sostenible de los recursos hidrobiológicos aplicando técnicas de manejo adecuadas que eviten la pérdida o degradación de los mismos.

La extracción, captura y cultivo de especies hidrobiológicas que se realizan mediante la actividad pesquera y otras, son normadas mediante legislación especial.

1.5.8.1.7 Las áreas protegidas

Las áreas protegidas constituyen áreas naturales con o sin intervención humana, declaradas bajo protección del Estado mediante disposiciones legales, con el propósito de proteger y conservar la flora y fauna silvestre, recursos genéticos, ecosistemas naturales, cuencas hidrográficas y valores de interés científico, estético, histórico, económico y social, con la finalidad de conservar y preservar el patrimonio natural y cultural del país.

Las áreas protegidas son patrimonio del Estado y de interés público y social, debiendo ser administradas según sus categorías, zonificación y reglamentación en base a planes de manejo, con fines de protección y conservación de sus recursos naturales, investigación científica, así como para la recreación, educación y promoción del turismo ecológico.

1.5.8.1.8 La actividad agropecuaria

La producción agropecuaria debe ser desarrollada de tal manera que se pueda lograr sistemas de producción y uso sostenible, considerando los siguientes aspectos:

  1. La utilización de los suelos para uso agropecuario deberá someterse a normas prácticas que aseguren la conservación de los agroecosistemas.
  2. El Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios fomentará la ejecución de planes de restauración de suelos de uso agrícola en las distintas regiones del país. Asimismo, la actividad pecuaria deberá estar de acuerdo a normas técnicas relacionada al uso del suelo y de praderas.
  3. Las pasturas naturales situadas en las alturas y zonas inundadizas, utilizadas con fines de pastoreo deberán ser aprovechadas conforme a su capacidad de producción de biomasa y carga animal.
  4. El Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios establecerá en la reglamentación correspondiente, normas técnicas  y de control para chaqueos, desmontes, labranzas, empleo de maquinaria agrícola, uso de agroquímicos, rotaciones, prácticas de cultivo y uso de praderas.

1.5.8.2 Recursos naturales no renovables

Pertenecen al dominio originario del Estado todos los recursos naturales no renovables, cualquiera sea su origen o forma de yacimiento, se encuentren en el subsuelo o suelo.

Según la presente Ley, se entiende por recursos naturales no renovables, aquellas sustancias que encontrándose en su estado natural originario no se renuevan y son susceptibles de agotarse cuantitativamente por efecto de la acción del hombre o e fenómenos naturales.

Corresponden a la categoría de recursos naturales no renovables, los minerales metálicos y no metálicos, así como los hidrocarburos en sus diferentes estados.

1.5.8.2.1 Los recursos minerales

La explotación de los recursos minerales debe desarrollarse considerando el aprovechamiento integral de las materias primas, el  tratamiento de materiales de desecho, la disposición  segura de colas, relaves y desmontes, el uso eficiente de energía y el aprovechamiento nacional de los yacimientos.

Las operaciones extractivas mineras, durante y una vez concluida su actividad, deberán contemplar la recuperación de las áreas aprovechadas con el fin de reducir y controlar la erosión, estabilizar los terrenos y proteger las aguas, corrientes y termales.

1.5.8.2.2 Recursos energéticos

Los recursos energéticos constituyen factores esenciales para el desarrollo sostenible del país, debiendo su aprovechamiento realizarse eficientemente, bajo las normas de protección y conservación del medio ambiente.

Las actividades hidrocarburíferas, realizadas por YPFB y otras empresas, en todas sus fases, deberán contemplar medidas ambientales de prevención y control de contaminación, deforestación, erosión y sedimentación así como de protección de flora y de fauna silvestre, paisaje natural y áreas protegidas.

Asimismo, deberán implementarse planes  de contingencias para evitar derrames de hidrocarburos y otros productos contaminantes.

1.5.9 La población y el medio ambiente

La política nacional de población contempla una adecuada política de migración en el territorio de acuerdo al ordenamiento territorial y a los objetivos de protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales.

Los Gobiernos Municipales están encargados de, en el marco de sus atribuciones y competencias, promover, formular y ejecutar planes de ordenamiento urbano y crear los mecanismos necesarios que permitan el acceso de la población a zonas en condiciones urbanizables, dando preferencia a los sectores de bajos ingresos económicos.

La planificación de la expansión territorial y espacial de las ciudades, dentro del ordenamiento territorial regional, debe incorporar la variable ambiental.

1.5.10 La salud y el  medio ambiente

El Estado a través de sus organismos competentes se encarga de ejecutar acciones de prevención, control y evaluación de  la degradación del medio ambiente que en forma directa o indirecta atente contra la salud humana, vida animal y vegetal. Igualmente velará por la restauración de las zonas afectadas. 

Es de prioridad nacional la promoción de acciones de saneamiento ambiental, garantizando los servicios básicos y otros a la población urbana y rural en general.

1.5.11 La educación ambiental

El Ministerio de Educación y Cultura, las Universidades de Bolivia, la Secretaría Nacional y los Consejos  Departamentales del Medio Ambiente, se ocupan de definir políticas y estrategias para fomentar, planificar y desarrollar programas de educación ambiental formal y no formal, en coordinación con instituciones públicas y privadas que realizan actividades educativas.

El Ministerio de Educación y Cultura ha incorporado la temática ambiental con enfoque interdisciplinario y carácter obligatorio en los planes y programas en todos los grados niveles ciclos y modalidades de enseñanza del sistema educativo, así como de los Institutos Técnicos de formación, capacitación, y actualización docente, de acuerdo con la diversidad cultural y las necesidades de conservación del país.

Las universidades autónomas y privadas deberán orientar sus programas de estudio y de formación técnica y profesional en la  perspectiva de contribuir al logro del desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente.

Los medios de comunicación social, públicos o privados, deben fomentar y facilitar acciones para la educación e información sobre el medio ambiente y su conservación.

1.5.12 La ciencia y la tecnología

Corresponde al Estado y a las instituciones técnicas especializadas:

  1. Promover y fomentar la investigación y el desarrollo científico y tecnológico en materia ambiental.
  2. Apoyar el rescate, uso y mejoramiento de las tecnologías tradicionales adecuadas.
  3. Controlar la introducción o generación de tecnologías que atenten contra el medio ambiente.
  4. Fomentar la formación de recursos humanos y la actividad científica en la niñez y la juventud.
  5. Administrar y controlar la transferencia de tecnología de beneficio para el país.

El Estado debe dar prioridad y ejecutar acciones de investigaciones científica y tecnológica en los campos de la biotecnología, agroecología, conservación de recursos genéticos, uso  de energías, control de la calidad ambiental y el conocimiento de los ecosistemas del país.

1.5.13 La participación ciudadana

Todas las personas tienen derecho a participar en la gestión ambiental, en los términos de esta ley, y el deber de intervenir activamente en la comunidad para la defensa y/o conservación del medio ambiente.

Toda persona tiene derecho a ser informada veraz, oportuna y suficientemente sobre las cuestiones vinculadas con la protección del medio ambiente, así como a formular  peticiones y promover iniciativas de carácter individual o colectivo, ante las autoridades competentes que se relacionen con dicha protección.

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