Normas sobre pistas de la O.A.C.I.
Las normas referidas a las anchuras de pavimentos, franjas de seguridad, pendientes longitudinales y transversales, etc., establecidas por la organización de Aviación Civil Internacional, se describen en los subtítulos siguientes.
Anchura
La anchura de una pista, deberá ser menor o igual a las dimensiones especificadas en la tabla.
Tabla
Ancho de pista
Número de clave | Letra de clave | ||||
A |
B |
C |
D |
E | |
1 2 3 4 | 18 m 23 m 30 m ------ | 18 m 23 m 30 m ------ | 23 m 30 m 30 m 45 m | ------ ------ 45 m 45 m | ------ ----- ----- 45 m |
Pendientes longitudinales
La pendiente obtenida al dividir la diferencia entre la cota máxima y mínima del eje de la pista, entre su longitud no deberá exceder de:
1% cuando el número de clave sea 3 ó 4
2% cuando el número de clave sea 1 ó 2
En ningún sector de la pista la pendiente longitudinal deberá ser mayor a 1.25 %, excepto en el primer y ultimo cuarto de la longitud de la pista, donde la pendiente no deberá exceder del 0.8 %
En ningún sector de la pista se deberá exceder de 1.5%, excepto en el primer y último cuarto de la longitud de la pista para aproximaciones de precisión de categoría II y III, en la cuales no deberá ser mayor al 0.8 %
En ningún sector de la pista la pendiente deberá exceder del 2 %
Cambios de pendientes longitudinales
Cuando por razones económicas no se puede evitar cambios de pendientes entre dos pendientes consecutivas, estos no deberán exceder del:
1.5 % cuando el número de clave sea 3 ó 4
2% cuando el número de clave sea 1 ó 2
La transición de una pendiente a otra se efectuará por medio de una superficie curva con grado de variación que no exceda de:
0.1 % por cada 30m.Cuando el número de clave sea 4
0.2 % por cada 30m.Cuando el número de clave sea 3
0.4 % por cada 30m.Cuando el número de clave sea 1 ó 2
Distancias entre cambios de pendientes
A lo largo de una pista deben evitarse ondulaciones o cambios de pendiente que estén muy próximos. La distancia entre los puntos de intersección de dos curvas sucesivas deberá ser menor que:
a. La suma de los valores numéricos absolutos de los cambios de pendiente correspondientes, multiplicada por:
30.000 m. Cuando el número de clave sea 4
15.000 m. Cuando el número de clave sea 3
5.000 m. Cuando el número de clave sea 1 ó 2
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